Distrito Nacional. El Tribunal Constitucional dispuso la nulidad de las disposiciones del Código Civil y del Código de Procedimiento Civil que imponen restricciones a los extranjeros para que puedan demandar o intervenir de forma voluntaria en un proceso judicial, obligándolos a dar una fianza, a menos que posean en el país inmuebles de un valor suficiente para asegurar el pago.
El TC declaró no conformes con la Constitución las disposiciones contenidas en los artículos 16 del Código Civil, y 166 y 167 del Código de Procedimiento Civil, por violar los artículos 39, 40, numeral 15 y 69 la Constitución de la República, que establecen el derecho a la igualdad, a la libertad y seguridad personal y la tutela judicial efectiva y el debido proceso. La corte constitucional acogió una acción directa de inconstitucionalidad presentada el 26 de diciembre de 2000 por la Fundación Evangélica de Socorro al Recluso (Fesore), Inc.
Fuente: Listin Diario
Estas personas son representantes de o auxiliares del sistemas judicial de este país por lo tanto deben de ser un modelo para la ciudadania y por perversos k son no actuaron apegado la ley y a la conducta de todo hombres responsables. Si no se dejaron llevar por amor a la carne de jóvenes adolescentes en tal sentido hay dar un ejemplo con ellos.
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