Destitución y Sometimiento penal de los Jueces Lebrón, Vallejo y Duvergé

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Los jueces Víctor Mejía Lebrón, Rosó Vallejo Espinosa y José Dionisio Duvergé Mejía, investigados por presuntamente pertenecer a una red dedicada a la negociación de sentencias, fueron destituidos de sus cargos, a través de la resolución No. 07/2016 de fecha 21 de julio del año 2016, emitida por el Consejo del Poder Judicial (CPJ). En el ordinal tercero de la decisión, los ex-magistrados fueron hallados culpables de haber violado las disposiciones de los artículos 41, numeral 3, y 65 numeral 1, Art. 66 numeral 1, de la Ley 327-98, de Carrera Judicial; y los Principios del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial creado mediante Resolución núm. 2006-2009, de fecha 30 de junio del año 2009, sobre Conciencia Funcional e Institucional, Integridad, Lealtad y Transparencia, así como los artículos 5, 6, 7, 8 10, 13, 21, 53 y 54 del Código Iberoamericano de Ética Judicial, según quedó establecido en la resolución de 234 páginas.

La referida resolución en su ordinal quinto, ordenó que se remita copia del expediente al Ministerio Público para los fines que estime pertinente, debido a que el proceso disciplinario evidenció hallazgos que pudieran comprometer la responsabilidad penal de los destituidos.

Luego de la destitución de los jueces y la remisión del expediente por ante el Ministerio Público para los fines correspondientes, el Procurador General de la República Dr. Francisco Domínguez Brito, declaró que había instruido al departamento correspondiente para que iniciara la persecución penal en contra de los jueces por los hallazgos penales en su contra, sin embargo a estas declaraciones salieron al frente otras personalidades e instituciones alegando que el Procurador General no tenía calidad moral para someter a esos jueces por argumentos que estos plantearon.

Respuestaprocesal.com.do entiende que el Dr. Francisco Domínguez Brito Procurador General de la República, si tiene calidad para perseguir penalmente a los jueces destituidos, primero: por ser la persecución penal una de sus funciones conferida por la constitución y la ley, segundo: porque independientemente a cualquier desacierto que se le pueda atribuir al Ministerio Público, hay que reconocer que en la gestión de Domínguez Brito se han realizado grandes esfuerzos para dignificar el sistema de justicia Dominicano.

El Procurador General es un abogado responsable y justo, atribuciones que hay que reconocérselas independientemente del criterio jurídico de cada uno. Se lamenta la situación de los jueces, porque son seres humanos, pero estos debieron analizar muy bien su comportamiento, ya que la justicia debe ser igual para todos, así que es aplaudible la posición del Ministerio Público en lo relativo al caso de los jueces destituidos y remitidos a la jurisdicción penal Ordinaria.