Sólo cuatro personas a juicio por integrar supuesta red de extorsión en OISOE

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SANTO DOMINGO. Fueron enviados a juicio de fondo los cuatro imputados por presuntamente integrar una red que se dedicaba a extorsionar a arquitectos e ingenieros beneficiarios con obras a través de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).

La jueza Patricia Padilla Rosario, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, acogió de manera parcial la acusación presentada por el Ministerio Público contra el exdirector de Edificaciones Escolares de la OISOE, Alejando de los Santos Serrano, el excoordinador del Departamento de Edificaciones Escolares, Yoel Soriano Fabián; el abogado Julio Rafael Pérez Alejo, “el hombre del maletín” y Juan Ernesto Romero Pérez.

Padilla Rosario excluyó como elemento de prueba el interrogatorio que la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) hizo a Pérez Alejo, en el cual declaró que el dinero que Alejandro de los Santos facilitaba a los arquitectos o ingenieros se lo proporcionaba su jefe inmediato, el director técnico de la Oficina Supervisora de Obras del Estado, José Florencio. Éste último no fue procesado.

Otros trece interrogatorios fueron excluidos, porque sólo podían ser admitidas las declaraciones de los coimputados en estado de rebeldía o recogidas en anticipo de prueba.

“Respecto de la prueba documental relativa al interrogatorio realizado al imputado Julio Rafael Pérez Alejo, aplica mutatis mutandi las motivaciones hechas respecto de los interrogatorios presentados como pruebas testimoniales, ut supra indicadas, por lo que se ordena su exclusión”, refirió.

Individualizó la calificación jurídica de extorsión, estafa, asociación de malhechores, falsificación de escrituras públicas, delito de funcionario, usurpación de funciones y lavado de activos.

No impuso coerción

De igual modo la magistrada rechazó imponer medida de coerción a Juan Romero reconociendo que por enviarlo a juicio aumenta el peligro de fuga porque presuntamente el Ministerio Público no presentó pruebas que justifiquen la imposición de prisión preventiva.

“Si bien el peligro de fuga se incrementa con la remisión de los imputados a juicio de fondo, dada la pena a imponerse en caso de condena, esta situación per se no puede ser evaluada para sustentar la imposición de la prisión preventiva respecto de un imputado que ha presentado arraigo laboral, familiar” y que además se ha presentados los llamados del tribunal, consideró la juez.

Mantuvo en prisión a los demás imputados por entender que no variaron los presupuestos que hagan destruir el peligro de fuga, ya que fueron los mismos presentados durante el conocimiento de la solicitud de medida de coerción.