Senador Félix Bautista desmiente que su proyecto elimine competencias al ministerio de la mujer

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El senador por la Provincia San Juan, Félix Bautista, desmintió que el proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, de su autoría, elimine las competencias del Ministerio de la Mujer en materia de prevención.

“La intención es crear un sistema verdaderamente fuerte y efectivo para afrontar esta problemática nacional”, dijo el Senador. “El proyecto ha sido producto de años de consulta, y en su fase de estudio en la Comisión Permanente de asuntos de la Familia y Equidad de Género del Senado de la República, todos los actores serán escuchados para dotar al país de una legislación eficaz”, puntualizó el Senador.

De 86 artículos que posee la pieza legislativa, 9 vinculan de forma directa al Ministerio de la Mujer “como organismo responsable de coordinar y ejecutar las políticas dirigidas a la equidad de género y el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres”, como dispone la Ley No. 86-99 del Ministerio de la Mujer. “Cuando se somete un proyecto de esta naturaleza, luego de ser remitido a la comisión correspondiente para su estudio, se invita a participar en las reuniones de trabajo de las comisiones a todos los sectores vinculados para que tengan la oportunidad de aportar sus opiniones y manifestar sus desacuerdos”.

“Pareciera que la Ministra de la Mujer no conoce el trámite legislativo y ha emitido sus opiniones de forma apresurada”, concluyó el senador.

El Ministerio Público, conforme la Constitución Dominicana y la Ley Orgánica Núm. 133-11, es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, que está dirigida a prevenir, controlar, gestionar y perseguir los hechos punibles, siendo la violencia de género un delito público tipificado. Por su parte, el Ministerio de la Mujer, en atención a las disposiciones de su propia Ley, no está llamado a prevenir ni perseguir el delito, sino a formular programas dirigidos a la mujer como ente social; y el Ministerio Púbico y demás auxiliares de la justicia son los responsables de enfrentar y manejar en forma adecuada los casos de violencia contra la mujer.

El Ministerio Público tiene una función y el Ministerio de la Mujer otra, claramente establecida por la Constitución y las leyes. El proyecto de ley establece 10 tipos de violencia, que se manifiestan a través de la violencia física, psicológica o emocional, sexual, económica y patrimonial. Se contempla la responsabilidad del Estado a través de los órganos e instituciones competentes, para ayudar a la recuperación plena de aquellas mujeres y sus hijos que hayan sido afectados por algún tipo de violencia.  
Con la aprobación de esta normativa, el feminicidio será castigado con una pena de 30 a 40 años de prisión mayor y no podrá concederse la reducción o sustitución de la pena por ningún motivo.

El legislador resaltó que este proyecto refuerza la creación de políticas de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y obliga a la Procuraduría General de la República a actuar de manera coordinada con el Ministerio de la Mujer.