Opinión: Una Interpretacióndel Artículo 16 de la Ley 3-19

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La Ley 3-19, fue aprobada en la Cámara de Diputados en fecha 18 de diciembre del año 2018 y remitida al Senado para su aprobación, quien la aprobó el día 10 de enero del año 2019. Fue promulgada el día jueves 24 de enero del año 2019, por el Poder Ejecutivo de la República Dominicana, en la gaceta oficial G. O. No. 10929 del 28 de enero de 2019.

El artículo 16 de la ley se refiere a la integración de la Junta Directiva Nacional, que según el mismo texto legal, ha sido definida como, el órgano ejecutivo y de gobierno del Colegio de Abogados en sentido general.  

La integración de la Junta Directiva Nacional después de la vigencia de la ley de 3-19, será de 19 miembros, de los cuales solo le permite la reelección a los vocales y todos los demás miembros, menos al presidente de la Junta Directiva, funcionario para el cual la ley estableció una restricción al establecer de manera expresa ¨ El presidente no podrá postularse a ningún cargo para el período siguiente¨.

Hoy se debaten los candidatos que aspiran a presidir el Colegio de Abogado de la República Dominicana, pero con el silencio legal legitiman una ilegalidad, entonces ¿será que esos candidatos son ingeniero y no abogados? ¿No saben interpretar la ley ?. ¿Dentro del PLD no hay abogados? ¿Se permitirá que un grupo de abogados se imponga en contra de la ley?.

La mayoría de candidatos al CARD, están descalificados para correr a ese puesto, ya que primero, hay que ser abogado para ello, no tener un título conseguido al azar, y luego la pretensión de ¨alzarse con el santo y la limosna¨, candidatos que en muchas ocasiones son verdaderos vagos, que no trabajan, ni pueden demostrar una función de trabajo sana, así que el CARD corre peligro, primero, de que un grupo siga apoderado,  aun cuando la ley se lo prohíbe, solo en base al abuso de poder y la compra de conciencia al granel, con el dinero del Estado y segundo, caer en manos de otro grupo de vagos, que no tienen ninguna diferencia con los que en la actualidad han destruido ese gremio.

Por una simple interpretación del artículo 16 de la Ley 3-19, al parecer la Litis de extenderá, y resulta muy difícil mantenerse en el poder, siendo una autoridad ilegal, ya que si el texto dijera que el presidente se puede reelegir en una ocasión, aun así, estuviera en discusión la reelección, pues ya la presidencia actual agotó su dos períodos y en ese sentido, no se aplica la irretroactividad de la ley, pero peor aún, es que la ley no da esa oportunidad de interpretar, sino, que para el presidente cualquiera que sea su nombre,  prohibió la reelección, es decir no puede correr en el periodo subsiguiente, situación que se impondrá a la corta o a la larga, aunque

Se inscriba una candidatura, prohibida por la ley.

La única opción para atacar esa ilegalidad, sería acudir en amparo de cumplimiento por ante el Tribunal Superior Administrativo, basado en la violación e incumplimiento de la Ley, porque se vulnera el derecho constitucional de elegir y ser elegido y el la obligación de cumplir y hacer cumplir la constitución y la ley, que tienen todos funcionarios, para que en el caso, el tribunal administrativo ordene detener esa agresión legal.

Ahora bien, acudir ante el Tribunal Administrativo es todo un verdadero juego de azar en esta coyuntura, porque si bien es cierto, que hay ahí, un grupo de magistrados, probos, serios e impolutos, se dice entre pasillos, que otros son empleados del Colegio de Abogados, que andan dando cursitos en diferentes lugares, entonces ¿Un accionante tiene garantías  en el TSA? o ¿Habrá que solicitarle a la Suprema Corte declinatoria por sospecha legitima?

Lo cierto es que da mucha lastima, el hecho de que en desmedro de la ley un grupo de abogados intente asaltarse nuevo  el Colegio y que además, aquellos que no están de acuerdo con esa actitud,  sean prácticamente amacheteados, menoscabados, abusados por ese grupo que no tiene límite,  unos con las acciones directas de agresión, otros con el silencio cómplice e hipócrita, cuyo pago y castigo,  no hay la menor duda que se acerca y llorarán lagrimas amargas para el futuro inmediato, por sus malas acciones. ¡Pero en su Momento! pues todo tiene su hora debajo del sol y en la República Dominicana se repetirá la expresión ¨entre abogados te vea¨

¡Salvemos al CARD de  una violación a la Ley 3-19!