Tribunal Supremo de Venezuela declara nula la reforma de transición

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Caracas, 30 dic (Prensa Latina) El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró hoy nula la presunta reforma del estatuto de transición formulada por un grupo de diputados de la extrema derecha. De acuerdo con la sentencia, el acto simulado por el diputado opositor Juan Guaidó carece de efectos jurídicos y declara írrita, sin validez y eficacia legal las actuaciones de los legisladores actuantes.
La sentencia responde a un recurso presentado por diputados opositores ante el TSJ contra las pretensiones de un sector político de extender la vigencia de la Asamblea Nacional (Parlamento unicameral).

Los parlamentarios Oscar Ronderos, José Gregorio Correa y Ezequiel Pérez solicitaron la urgente declaratoria de nulidad por inconstitucionalidad de la reforma, mediante la cual la facción política liderada por Guaidó para extender el período de funcionamiento del Parlamento más allá de lo legislado.

Antes de la autoproclamación de Guaidó como presidente encargado el 23 de enero de 2019, la Asamblea Nacional en desacato votó el 5 de enero lo que dieron en llamar Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El documento, aunque nulo y no vinculante, trazó la hoja de ruta para concretar el cambio de régimen promovido desde Estados Unidos en complicidad con la extrema derecha venezolana.

En otro acto sin validez jurídica alguna, el cabecilla opositor y los diputados que aún lo acompañan decidieron prolongar un año más la vigencia de la actual legislatura, la cual cesa sus funciones el 5 de enero con la instalación del Parlamento electo el 6 de diciembre último.

Las maniobras para extender el período legislativo buscan investir de un halo de legalidad al pretendido gobierno interino de Guaidó, reconocido por la administración estadounidense de Donald Trump como presidente encargado.

En ese sentido, el tribunal ordenó al Ministerio Público investigar la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos; y a la Contraloría General le solicitó determinar y cuantificar los daños al patrimonio público por las actuaciones de la AN.