EDITORIAL
El día sábado 2 de diciembre del 2023, en la Republica Dominicana estallo un escándalo, a consecuencia de la celebración de las elecciones del Colegio de Abogados, pues después de cerradas las urnas jurídicas y vencido el plazo de las alianzas electorales, cuando se Publicó un ganador en el primer boletín, la Comisión Nacional Electoral, dio a conocer unas supuestas alianzas secretas, que cambió el rumbo de esas elecciones y provocaron una estampida de comentarios negativos y descredito sobre esas elecciones, que se han extendido hasta este día 14 de febrero del 2026, día en que se celebrará el amor y la amistad entre los ocupante del Colegio de Abogado y los reclamante del cese de la usurpación ilegal.
Desde el estallido social después de esas elecciones amañadas y esas asquerosidades jurídicas, ya han pasado dos años y algunos meses y de nuevo se acerca el día de la celebración de las nuevas elecciones, que según el artículo 34 de la Ley 3-19, que recrea el Colegio de Abogado de la República Dominicana, deberán ser celebradas cada tres (3) años, el primer sábado del mes de diciembre, es decir, las próximas elecciones del Colegio de Abogados de la República Dominicana, deberán por mandato de la ley, ser celebradas el día sábado 5 de diciembre del 2026, entre las 8:00am y las 5:00pm.
Para evitar trampas, engaño y violencia, la Ley 3-19, en su artículo 30, ordeno la creación de una Comisión Nacional Electoral, compuesta por cinco (5) miembros titulares y 5 miembros suplentes, para un total de 10 y luego las sub comisiones distritales, para elegir la directiva nacional y locales.
El artículo 35 de la Ley 3-19, establece. Fecha de elección de la Comisión Nacional Electoral. La Comisión Nacional Electoral será elegida nominalmente en Asamblea General celebrada en el segundo sábado de febrero previo a las elecciones, lo que implica que esa Comisión Nacional Electoral, debió ser elegida a más tardar, este día sábado 14 de febrero del 2026, porque las elecciones nacionales deben ser celebradas el día 5 de diciembre del 2026, pero la directiva actual que ocupa el colegio de abogados ni siquiera dio señal de convocatoria a las partes en tiempo hábil, para acordar sobre la elección de esa comisión electoral.
Por su negativa y bravuconería de no convocar la selección de la Comisión Nacional Electoral, los directivos del CARD actuales, fueron intimados, mediante acto No 98/2026 de fecha 13 del mes de febrero del 2026, contentivo de un “ Acto de Notificación Advertencia y Emplazamiento ” del alguacil dominicano, Yohanni Meregildo Lorenzo, ordinario de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, notificado a requerimiento de la corriente gremial Dignidad Jurídica, dependiente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y que a su vez es socio de los directivos que ocupan el colegio de abogados en la actualidad.
Poco se sabe de la causas que conllevaron a que los directivos actuales del Colegio de Abogados de la República Dominicana, se negaran a dar cumplimiento a los artículos 30 al 35 de la Ley 3-19, que ordena la selección de la comisión electoral, a más tardar el día 14 de febrero del 2026, pero este medio de comunicación investiga posibles rumores para ver su veracidad, que dan cuenta de que, la directiva actual se siente muy apoyada en los tribunales dominicanos y que además han sido asesorados por supuestos expertos para que no convoquen nuevas elecciones o si se vieran obligados hacerlo, que elijan una comisión al azar, para que suceda lo mismo que sucedió en el año 2023 y de esa manera ellos seguir ocupando tres año más de manera ilegal el Colegio de Abogados.
Este medio de comunicación, realiza una investigación periodística en ese sentido, y cuando este culminada la entregará si se comprobase, a la embajada de los Estados Unidos en la Republica Dominicana, a los medios de comunicación internacionales, a la Unión Europea, incluyendo las pruebas y nombres de todos los posibles autores y cómplices, sean jueces, abogados, fiscales o personas de a pies y solicitara de manera formal, una represalia del Departamento de Estado de los Estados Unidos, la Unión Europea y Canadá, por posibles crímenes contra el libre acceso a elegir y ser elegido, lo que constituye una causa grave del retiro de visas e inclusión en la lista de autores de crímenes internacionales con trascendencia local.




