Una buena decisión no recurrible

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Distrito Nacional. El Dr. Cándido Simon, declaró hoy para Respuestaprocesal.com.do, que el Juez del caso Odebrecht hizo lo correcto al declarar inadmisible el procedimiento para avalar el acuerdo de la Procuraduría General de la República con la empresa brasileña Odebrecht por reconocido soborno de por lo menos 92 millones de dólares a exfuncionarios dominicanos.

mandó, sin tocar nada, que reformulen el procedimiento, que en mi insistente y reiterada opinión de novel e ignoto procesalista atrevido por mi consabida ignorancia, pienso debe ser “juicio abreviado con pena preacordada” en que ese mismo juez se quita la toga de instructor y en audiencia pública asume la función de juez de sentencia para conocer, ponderar y decidir si convierte en jurisdiccional el acuerdo.

Esa decisión NO es recurrible, se exponen a que en la Corte o la Suprema le declaren inadmisible el recurso y el efecto de un nuevo revés afectaría la Ley 10-15 por un error de omisión, suprimió el recurso contra la inadmisible que es una manera de poner fin al procedimiento en primera instancia, pues solo prevé el recurso si la inadmision es de Corte de Apelación y es por ante la Suprema Corte de Justicia, lo que significa al ser los recursos taxativos en materia penal y la Constitucion establecer que por ley se pueden prohibir no procede recurrir esa decisión.