Santo Domingo.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que conoce el caso Odebrecht, revocó este lunes la decisión que tomaron la semana pasada de declarar nula la autorización judicial con la cual extrajeron información bancaria del imputado Víctor Díaz Rúa para realizar informes.
El fallo del tribunal, que contó con los votos favorables de las juezas Esmirna Gisselle Méndez y Jisell Naranjo, y el disidente de la magistrada Tania Yunes, se da luego de que el Ministerio Público presentó un recurso de oposición.
Con esta decisión, el tribunal permitió que el Ministerio Público incorpore al juicio como prueba en contra de Díaz Rúa un CD que contiene información bancaria del imputado.
En la audiencia pasada, el tribunal acogió una objeción de los abogados de Díaz Rúa y declaró nula la orden al considerar que la misma violaba derechos fundamentales al no establecer fecha límite para su ejecución, entonces, hoy el Ministerio Público presentó un recurso de oposición para que esto cambie.
Al dar a conocer el fallo, la jueza Naranjo explicó que, al analizar y comprar, entendieron que, si bien la orden no establecía un límite, el Ministerio Público actuó dentro del plazo mínimo de la orden, antes de los 15 días, y que, en ese sentido, era un tiempo razonable.
Dijo que, en este caso, no hubo una afectación a derecho fundamental, ya que la omisión del juez no tuvo impacto en el derecho fundamental que se buscaba tutelar.
En sentido, indicó que el CD esta emparado en dos órdenes judiciales y que por lo tanto pude incorporarse al juicio por los US$92 millones pagados Odebrecht para ser favorecida con la adjudicación de obras del Estado.
“La prueba debe entrar al debate por no haberse violentado derechos fundamentales”, precisó.
En cambio, la jueza Yunes, que voto de forma disidente, entendió que el CD no debió incorporase al juicio.
Previo al emitir el fallo, el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, había pedido al tribunal volver sobre sus pasos ya que la «orden se ejecutó en tiempo razonable», y que se incluya en las pruebas documentales el CD que contiene información financiera de Díaz Rúa, las cuales fueron recabadas mediante la referida autorización judicial.
Destacó que el juez José Alejandro Vargas (entonces coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional) autorizó al órgano acusador solicitar a la Superintendencia de Bancos los datos relativos a las empresas de Díaz Rúa y que así se procedió.
Argumentó que la Constitución de la República Dominicana establece que a ningún ciudadano se le puede exigir lo que no está previsto en la ley, además de que la norma procesal penal no prevé plazos para la realización de ese tipo de diligencia, por lo que dijo en este caso corresponde la incorporación de dichas pruebas.
De su lado, la defensa de Díaz Rúa solicitó que se rechazara esta petición, solicitud a la que se adhirieron las defensas de los imputados Andrés Bautista, Conrado Pittaluga y Juan Roberto Rodríguez. Los abogados de Tommy Galán y Ángel Rondón no se refirieron al respecto.
Ahora, se está prestando en pantalla las informaciones que contiene el referido CD para que la testigo Jiselle Paulino Cáceres, quien realizó los informes financieros de Díaz Rúa, los acredite.
Paulino Cáceres, la testigo número 11 del juicio, es contadora y analista de la Unidad de Investigaciones Criminales del Ministerio Público.
Por los US$92 millones pagados por la empresa brasileña Odebrecht a cambio de ser favorecida con la adjudicación de obras del Estado dominicano, además de Víctor Díaz Rúa son procesados Ángel Rondón Rijo, Tommy Galán Grullón, Andrés Bautista García, Conrado Pittaluga y Roberto Rodríguez.
El órgano investigador le atribuye haberse enriquecido ilícitamente en violación al Código Penal Dominicano, la antigua Ley 72-02 sobre Lavado de Activos y la Ley 448-06, sobre Soborno.