SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) conoció y decidió cuatro expedientes relativos a recursos de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales en una sesión virtual en la que participaron las juezas y los jueces que integran el Pleno.
Los expedientes conocidos fueron el TC-04-2019-0201, relativo al recurso interpuesto por Fabio Irrizarri contra la Sentencia núm. 1138, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), la decisión adoptada fue rechazar el recurso y, en consecuencia, confirmar la sentencia impugnada.
Asimismo, el Tribunal Constitucional declararlo inadmisible el expediente TC-04-2019-0152 que ataca la Resolución núm. 272-1-2019-SRES-00011 del Tribunal de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Puerto Plata, .
Igual decisión de inadmisibilidad se tomó en el expediente núm. TC-04-2019-0204, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), contra la Resolución núm. 1857, de fecha cuatro (4) de julio de dos mil dieciocho (2018), por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia.
Por último, fue decidido el expediente núm. TC-04-2017-0111, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Elsa Muñoz Tatis y Ambiorix Ismael García Muñoz contra la Sentencia núm. 810, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintisiete (27) de julio de dos mil dieciséis (2016). En este caso, el recurso fue acogido y la sentencia atacada fue anulada.
El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situación causada por la pandemia de COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estará sesionando igualmente. El TC informó que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicación de los comunicados sobre adopción de decisiones que seguirán siendo emitidos conforme la normativa institucional.