SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Constitucional eliminó la modalidad denominada “arrastre de candidatos” a diputados y senadores que estaba consagrada en la Ley 157/13 sobre el voto preferencial.
Los jueces de esa alta corte eliminaron un párrafo del artículo 2 de la referida ley, el cual indicaba que “cuando el electoral decide marcar la fotografía del candidato o candidata a diputado de su preferencia está favorecido con su voto al partido de este (a) y por consiguiente al candidato (a) a senador de dicho partido”.
En este sentido acogieron un recurso que contra dicha modalidad presentaron la Fuerza Nacional Progresista (FNP) y el abogado Ángel Lockward.