Los abogados ya no podrán votar para elegir al presidente de su colegio

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(Foto de abogados en juramentación)

EDITORIAL

Los abogados que son miembros del Colegio de Abogados de la Republica Dominicana (CARD), no salen de una calamidad publica y una trama permanente en su contra, pues ahora resulta que en fecha 6 de noviembre del 2025, el diputado del PRM, por la provincia de Dajabón, Adeiso de Jesús Rubén Contreras, ha presentado una iniciativa legislativa, proyecto de ley, mediante la cual procura como objeto principal, realizar una modificación muy sustancial de la ley 3-19, que instituye el Colegio de Abogados de la República Dominicana .

Este diputado del PRM y de Dajabón, como todo buen zorro viejo, muy hábil, y fiel a los principios del PRM, de que solo participen los ricos y poderosos en cada jornada democrática, procura en el artículo 30 de su iniciativa, que los miembros de la Junta Directiva

Nacional del Colegio de Abogados, sean elegidos por el voto directo y secreto de los delegados de la asamblea general, no por la asamblea en sí, compuesta por todos los abogados, sino por delegados, a menos así expresa el artículo 30, que de manera textual dice; Los miembros de la Junta Directiva Nacional serán elegidos mediante el voto directo y secreto de los delegados de los órganos de las seccionales, es decir, según este diputado cada seccional enviará unos delegados a las elecciones generales y serán estos los que ejercerán su derecho al voto, pero el conglomerado de abogados no votará, lo que equivale a decir que será necesario crear otro colegio que sea más democrático o abandonar el ejercicio, para que todas esas bandas de criminales y conjuntos de liebres del infierno, terminen de comerse ese gremio.

Según esa iniciativa en el artículo 22, párrafo I, la asamblea general estará conformada del modo siguiente:

  1. El presidente de la Junta Directiva Nacional, un miembro.
  2. Los demás miembros de la Junta Directiva Nacional, un total de 17 miembros, como se extrae del artículo 27 de la misma iniciativa.
  3. Los presidentes de las seccionales, que son un total de 36 miembros, porque en la actualidad solo existen 36 seccionales.
  4. Los vice presidentes de seccionales, 36 miembros más.
  5. El primer y segundo juez de cada tribunal disciplinario de la seccional, un total de 72 miembros.
  6. Dos integrantes de cada comité de vigilancia de las seccionales, figura que se crea como nueva, según el artículo 45. Un total de 72 miembros.
  7. Los integrantes del Tribunal Disciplinario Nacional, un total de 5 miembros, según el artículo 49.
  8. Los integrantes del comité de vigilancia nacional, un total de 5 miembros, según el artículo 40.

De lo anterior se extrae, que según el artículo 30 de la iniciativa presentada en fecha 6 de noviembre del 2025, por el diputado del PRM, de la provincia de Dajabón, Adeiso de Jesús Rubén Contreras, se pretende que solo 244 miembros selectos se reúnan a elegir la directiva del colegio de abogados, dejando fuera a 72,980 mil abogados que son miembros, lo que representa una diablura constitucional, que desde el PRM, que supuestamente, es el partido político más democrático y aparentemente transparente, hayan preparado una encerrona de esta magnitud, contra los abogados nacionales, todo por el apetito sucio y asqueroso, de esos individuos miembros de ese partido, que pretenden robarse todos sin dejar nada en la nación, incluyendo el derecho al voto, que es un derecho constitucional, tanto de manera general, como por ser miembro activo de un gremio cuya colegiatura es obligatoria.

Respuestaprocesal.com.do, rechaza la trama enarbolada en fecha 6 de noviembre del 2025, por el diputado del PRM, de la provincia de Dajabón, Adeiso de Jesús Rubén Contreras. Pide a los abogados no dejarse robar el derecho al voto, ya que se han robado todo ante sus ojos, dejando a los miembros desprovistos de atención y respeto y ahora realizando una especie de expulsión tácita de todos los abogados de ese gremio Nacional Dominicano.

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