Fiscalía de SDE y Norte obtiene condena de 10 años de prisión contra hombre por robos registrados en Los Tres Brazos

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SANTO DOMINGO (República Dominicana).- La Fiscalía de Santo Domingo Este y Norte obtuvo una condena de 10 años de prisión en contra de un hombre que en hechos separados penetró a un colmado y a una vivienda habitada para robar, en hechos ocurridos en el año 2022, en el sector Los Tres Brazos, de Santo Domingo Este.

La condena le fue impuesta a Arismendy Montero Montero (Solito) por el Segundo Tribunal Colegiado, que preside la jueza Josefina Ubiera Guerrero e integran los magistrados Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez (miembros).

Los hechos fueron cometidos en perjuicio de las víctimas Joel Lorenzo Brito y Mariela Abreu Arias.

El expediente instrumentado por la fiscal investigadora Loraine Linares indica que en fecha 13 de enero de 2022, aproximadamente a la las 3:20 de la madrugada, el procesado junto a otros cuatro hombres (prófugos) penetraron al negocio de nombre Kory, ubicado en la calle Orlando Martínez, del sector Los tres Brazos, propiedad de la víctima Joel Lorenzo Brito, de donde sustrajeron RD$125 mil, tres whisky marca Chivas Regal, tres litros full de Dewars, cinco rones Extra Viejo, dos cajas y media de cigarrillos y varias prendas de vestir. Luego de perpetrar el robo huyeron del lugar, siendo captadas dichas acciones por cámara de vídeo.

Relata que, posteriormente, en fecha 15 de enero de 2022, alrededor del 6:30 de la mañana, el hoy condenado penetró a la residencia de la víctima Mariela Abreu Arias, ubicada en la calle Orlando Martínez, del sector de Los tres Brazos, de esta jurisdicción, y cuando entró se encontró con el hijo menor de 10 años de edad de la víctima y lo amenazó, logrando robarle una tablet de las que asigna el Gobierno.

El Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Felipe Cuevas, demostró con suficientes elementos probatorios que el hoy condenado violó los artículos 265, 265, 379, 384 y 385, incisos 2 y 3, del Código Penal Dominicano, y el artículo 396, literales A y B, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).