Condenados sin delito: la infancia olvidada de los hijos de los presos

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Por: Jonathan Baró Gutiérrez
Procurador general de Corte de Apelación
Miembro del Ministerio Público

Hay temas que duelen no por lo que muestran, sino por lo que callan. En República Dominicana, cada vez que se dicta una condena, el sistema suele olvidar a quienes no estuvieron en el juicio ni cometieron delito alguno: los hijos de las personas privadas de su libertad. Sus historias no aparecen en los expedientes, pero existen. Viven entre la vergüenza, el hambre, el desarraigo y el estigma. No son cifras ni estadísticas: son niños con mochilas llenas de ausencia y cuadernos manchados por prejuicios. Este artículo intenta mirarlos, nombrarlos, contar lo que nadie cuenta: cómo la prisión de un padre o una madre se convierte en una cadena silenciosa que también les atrapa a ellos.

Este trabajo no busca justificar delitos, ni borrar responsabilidades, sino abrir una conversación necesaria: ¿quién protege a los hijos del castigo que no merecen? A través de testimonios reales, análisis normativos y estudios especializados, el texto revela una deuda estructural del Estado dominicano: la falta de políticas públicas para atender a los niños y adolescentes con padres encarcelados. Pero si de verdad creemos en el interés superior del niño, no podemos seguir actuando como si estos no existieran.

Infancias quebradas por la cárcel

Una línea de investigación particularmente reveladora es la desarrollada en Uruguay por Techera, Garibotto y Urreta (2012), quienes llevaron a cabo un estudio exploratorio sobre el vínculo afectivo entre padres privados de libertad y sus hijos. Este trabajo revela cómo las visitas carcelarias, a pesar de las condiciones adversas y la precariedad de las instalaciones, representan una instancia de gran valor emocional y simbólico tanto para los padres como para los hijos. Las entrevistas realizadas a niños y madres muestran que la figura paterna, aunque ausente físicamente, conserva un lugar emocional importante que debe ser protegido y fortalecido. La falta de espacios adecuados, la incertidumbre institucional, las condiciones degradantes de los centros y la ausencia de políticas públicas dirigidas a proteger este vínculo, configuran un escenario que no solo reproduce la exclusión, sino que erosiona un lazo fundamental para la estabilidad emocional y el desarrollo integral de estos menores.

El encarcelamiento de un padre o madre no solo priva de libertad al condenado. Las consecuencias atraviesan a toda la familia. Según el estudio de Niñez que cuenta (Giacomello, 2019), en América Latina y el Caribe existen entre 1.7 y 2.3 millones de niños con al menos un progenitor encarcelado. En la República Dominicana, no hay datos oficiales, pero los rostros están en las escuelas, en las calles, en los barrios más vulnerables.

Los hijos de los presos crecen marcados por la pobreza, la discriminación, la deserción escolar, la separación forzada de sus hermanos, y en muchos casos, por la tentación de repetir la historia. El crimen, en ciertos contextos, se vuelve una referencia; no porque lo busquen, sino porque nadie les ofrece otra salida.

Los testimonios recogidos por el informe regional son desgarradores: niños que presencian arrestos violentos, que son maltratados en las visitas carcelarias, que ocultan a sus amigos, que su padre está preso, que callan por vergüenza o miedo. Crecen entre la rabia y la resignación. Se convierten en adultos demasiado pronto.

Un marco legal que no se cumple

El artículo 56 de la Constitución dominicana establece que el Estado debe garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes. La Ley 136-03 reafirma el principio del interés superior del niño. Y la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por nuestro país, obliga a que en toda decisión que les afecte, su bienestar sea la prioridad.

Pero en la práctica, esos principios son letra muerta.

El Comité de los Derechos del Niño ha reiterado que los hijos de personas privadas de libertad deben recibir atención especial del Estado (OG n.º 14, 2013). Sin embargo, en la mayoría de los casos, ni siquiera están identificados. No existen protocolos interinstitucionales. No hay equipos especializados en las escuelas, ni se les acompaña.

Condena heredada

La vulnerabilidad de los hijos de personas privadas de libertad, particularmente en contextos de criminalización por delitos no violentos relacionados con drogas, ha sido objeto de preocupación creciente en los círculos académicos y organismos internacionales. En ese sentido, el estudio realizado por la jueza e investigadora Kenya Romero (2018), en el marco del proyecto «Niñez que cuenta», constituye un insumo valioso y profundamente revelador sobre la situación de los NNAPES (Niños, Niñas y Adolescentes con Padres Encarcelados) en la República Dominicana. Dicho estudio, además de reforzar los hallazgos del presente artículo, nos convoca a una reflexión jurídica y ética sobre el rol del Estado frente a estas infancias silenciadas.

El informe de Romero pone de relieve una realidad que, aunque presente en cifras, permanece ausente del diseño institucional: la niñez que hereda la condena de sus padres. Esta situación, lejos de ser un daño colateral inevitable, constituye una omisión estructural del Estado dominicano, que incumple con el mandato constitucional de protección integral del niño (artículo 56 de la Constitución) y con los estándares internacionales de derechos humanos. El principio del interés superior del niño, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 136-03, exige que las decisiones judiciales y administrativas consideren el efecto directo e indirecto de la prisión en los hijos del imputado o condenado.

En la investigación se citan varios testimonios de  hijos e hijas de personas privadas de su libertad, entre estos:

«Lo mejor fue que nos mudáramos, ya que antes teníamos otro estilo de vida.» Mi papá nos llevaba al colegio y teníamos ropa, comida, estábamos mejor que ahora, y cuando todo el mundo vio lo que le pasó a mi papá, nos decían en la escuela que éramos «los hijos del que vende drogas» y se burlaban. A veces hasta los mismos profesores, cuando uno está rebelde y molesto por la situación y se comporta mal en la escuela, le dicen cosas a uno. A mi hermano le dijo una profesora que iba a salir delincuente y que tenía familiares presos, que iba por ahí mismo. «Todo eso es por lo de mi papá» Jarol, 12 años

«A mí no me pasó nada tan impactante emocionalmente, a mi hermana sí, en la escuela los mismos profesores tenían una actitud por eso, como si es su culpa», Victoria, 17 años.

 «Nosotros vivíamos bien antes, con mi papá, mi mamá y mis hermanos.» Todo iba bien hasta que llegó la policía y se lo llevó preso y después de ahí nos quitaron todo, el carro, y como todo el mundo lo supo ya no queríamos ir a la escuela porque todo el mundo decía que mi papá vendía drogas y nos relajaban los muchachos de la escuela, además mi mamá no trabajaba y tuvimos que mudarnos y dejar todo, los amigos, la casa, todo. Marjorie, 13 años.

«Una vez fui a visitar a mi papá en la cárcel.» Lo miré y le dije que me había dado un gran ejemplo. Pero no en el sentido en que él pensaba. Le dije que por todo lo que había vivido, el hambre, la discriminación, el rechazo que hemos pasado, mi mamá, mis hermanos y yo, yo nunca cometería un delito. «Que no quería repetir esa historia.» Amaury, 15 años

Hay testimonios que no necesitan estadísticas para doler. Las palabras de Jarol, Victoria y Marjorie y Amaury, son más que relatos: son pequeñas heridas abiertas que muestran lo que la prisión no dice. Pero cuando un padre cae preso, lo que se rompe no es solo una rutina o un hogar, es la mirada del mundo sobre sus hijos. De pronto, lo que eran juegos, cuadernos y familia, se transforma en silencio, vergüenza y rechazo. Que un profesor le diga a un niño que va a terminar como su papá, o que los compañeros te señalen por algo que no hiciste, no es solo injusto, es cruel. Y aunque muchos quieren pensar que con el encierro del culpable todo queda resuelto, lo cierto es que afuera siguen cumpliendo condena quienes no cometieron ningún delito. La infancia no debería cargar con culpas ajenas ni vivir con miedo a un apellido. Pero lo hacen. Y lo hacen en silencio.

Entre las principales fallas estructurales señaladas en el informe de Romero se encuentran:

  • La invisibilización de los NNAPES en las políticas públicas nacionales.
  • La inexistencia de protocolos para abordar las detenciones en presencia de niños.
  • El estigma institucional y social hacia los hijos de personas condenadas.
  • La precariedad en las condiciones de visitas carcelarias, especialmente en el sistema penitenciario tradicional.
  • La institucionalización de menores sin seguimiento psicológico ni familiar adecuado.

Como juristas, no podemos ser indiferentes ante el déficit de garantías que enfrentan estos niños. La ausencia de medidas diferenciadas para los NNAPES revela una falla en la arquitectura de protección social, y desafía el paradigma constitucional de justicia restaurativa y derechos humanos. El desafío no es solo normativo, sino ético: ¿puede una sociedad que ignora a sus niños más vulnerables proclamarse justa?

La respuesta del Estado debe trascender el plano retórico. Se requiere la implementación urgente de registros especializados, reformas normativas que permitan la evaluación judicial del impacto familiar en los procesos penales, y protocolos que garanticen una interacción digna y segura entre padres encarcelados y sus hijos. Solo así podremos hablar, con legitimidad, de un sistema penal compatible con los derechos de la niñez.

Hijos de personas privadas de su libertad: cuando la cárcel también condena a la infancia

La doctora Glorianna Montás, neuropsicóloga y exdirectora nacional de Atención a Víctimas del Ministerio Público, advierte que los hijos de personas encarceladas también arrastran condenas que no aparecen en las sentencias. Según su experiencia, cuando los niños crecen en un entorno donde la delincuencia ha sido normalizada como modo de vida, es decir, cuando el delito se vuelve parte de los valores y prácticas familiares, la probabilidad de que repitan ese patrón es «muy, muy alta». No es una regla fija, pero sí una alerta grave: se trata de una reproducción del delito por aprendizaje directo, en un entorno donde se ausentan las alternativas y sobran las carencias.

Además del modelo aprendido, Montás señala otro factor igual de determinante: la ausencia de la figura paterna o materna durante los primeros años de vida. Esa separación temprana, producto del encarcelamiento, deja huellas profundas en el vínculo afectivo, afectando el desarrollo del apego y generando un vacío que, con frecuencia, es ocupado por personas o ambientes que se aprovechan de la fragilidad emocional del menor. Esa influencia indirecta, la que no proviene del ejemplo delictivo, sino de la falta de guía y protección, puede llevar también a caminos de riesgo.

Sin embargo, no todo está perdido. Montás reconoce que algunos hijos de personas presas desarrollan un rechazo frontal al mundo delictivo, precisamente por el dolor vivido. Son jóvenes que no repiten, sino que reniegan. Pero incluso esos casos requieren acompañamiento, porque han sufrido una forma de violencia invisible: la exclusión.

Lo importante, concluye, es ampliar la mirada del sistema. «No se trata solo del impacto de la cárcel en el privado de libertad, sino también en sus familiares», advierte. Y es ahí donde el Estado suele llegar tarde, o no llegar nunca. (G. Montás, comunicación personal, 11 de julio de 2025).

Cuando el Estado entra sin mirar: niños frente al arresto de sus padres

A pesar de la trascendencia emocional que conlleva la detención de una persona frente a sus hijos, en la actualidad no existe un protocolo en el Ministerio Público que regule la manera adecuada de actuar cuando los menores están presentes durante un allanamiento o arresto. Los fiscales y agentes intervinientes actúan, en muchos casos, por pura intuición, más que por una directriz institucional clara. Esta ausencia de lineamientos convierte lo que ya es un momento traumático en una experiencia profundamente dolorosa, no solo para el detenido, sino, sobre todo, para los niños, quienes presencian escenas que marcan su infancia y su visión del sistema de justicia.

El medio libre y la reconstrucción del vínculo familiar

El egreso de una persona privada de libertad que ha vivido el proceso de prisionización debe planificarse con una mirada integral. El plan individual debe contemplar el entorno familiar, anticipando el rechazo, el estigma y la necesidad de reconstruir la empatía. Volver a casa implica sanar vínculos, no solo abrir puertas. En mi experiencia como fiscal ante el Tribunal de Ejecución de la Pena, escuché cientos de testimonios donde el punto común era: «necesito recobrar mi libertad, para ayudar a mis hijos». La prisión de un padre o madre deja heridas que deben ser acompañadas.

En ese proceso, el programa Medio Libre se convierte en un puente real hacia la reinserción. Dirigido por la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, este programa va más allá de liberar: acompaña. Incluye acciones con la familia, promueve el entendimiento y reduce el riesgo de reincidencia. Su enfoque humano permite reconstruir las relaciones y reparar el daño. Reinsertar es también cuidar a quienes esperan afuera.

Un catastro para no seguir ignorando a la infancia

El 26 de junio de 2025, la Procuraduría General presentó en la provincia Hermanas Mirabal el primer Catastro Nacional Penitenciario, incluyendo por primera vez datos sobre los hijos de personas privadas de libertad. Este paso es histórico, pero no puede quedarse en una cifra. Es indispensable que otras agencias gubernamentales, como el Ministerio de Educación, Salud Pública y CONANI, utilicen esta información para diseñar políticas públicas que acompañen a estos niños.

Conclusiones

Mientras no se atienda esta realidad, seguiremos castigando en silencio a una generación entera. No se trata de justificar delitos ni de hablar de impunidad. Se trata de justicia, pero de una justicia que mire más allá del expediente. Porque detrás de cada persona condenada, hay hijos que no firmaron ninguna sentencia, pero que igual cargan con ella.

No podemos seguir actuando como si no existieran, ni quedarnos tranquilos sabiendo que hay niños creciendo entre la vergüenza, el estigma y el abandono, solo porque alguien decidió que eran «los hijos de…». Si no hacemos algo hoy, mañana será tarde. Ellos serán los que llenen los pasillos de los tribunales, los que ocupen nuevas celdas, los que repitan una historia que nadie se atrevió a interrumpir.

Y entonces, volveremos a preguntarnos cómo fue que llegamos ahí.  La respuesta será la misma de siempre: por no mirar, no escuchar, no hacer, etcétera.

Como dijo alguna vez Nelson Mandela: «no puede haber una revelación más intensa del alma de una sociedad que la forma en que trata a sus niños». Y si eso es cierto, que lo es, entonces urge preguntarnos qué dice de nosotros el silencio que guardamos ante su dolor. Pero al final, los niños no heredan solo apellidos. También heredan nuestras omisiones.

Recomendaciones:

La infancia no puede esperar. Las siguientes medidas son urgentes:

  • Utilizar los datos obtenidos en el Catastro Nacional Penitenciario de hijos e hijas de personas privadas de libertad, para diseñar políticas públicas que respondan a sus necesidades.
  • Asignar psicólogos escolares formados en trauma y duelo, en planteles con alta incidencia de niños afectados.
  • Crear un protocolo institucional que regule la actuación de los fiscales en casos de arresto o allanamiento en presencia de menores, garantizando un enfoque de protección integral de la niñez.
  • Destinar mayores recursos al programa Medio Libre, con el fin de ampliar su cobertura y fortalecer su impacto en la reinserción familiar.

Referencias:

  • Constitución de la República Dominicana (2024).
  • Giacomello, Corina. (2019). Niñez que cuenta: el impacto de las políticas de drogas sobre niñas, niños y adolescentes con madres y padres encarcelados en América Latina y el Caribe. CWS. Disponible en: Estudio-Regional-Ninez-que-cuenta-web.pdf
  • Romero, Kenya. (2018). Informe final de Investigación: República Dominicana. Disponible en:PDD-Republica-Dominicana.pdf
  • Comité de los Derechos del Niño (2013). Observación General n.º 14. ONU. Disponible en: https://www.refworld.org/es/ref/polilegal/crc/2013/es/95780
  • Ley núm. 136-03 sobre Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
  • Convención sobre los Derechos del Niño (1989).

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