Santo Domingo. El Jurista John Garrido declaró hoy para respuesta procesal.com.do lo siguiente:
La Comisión Interamericana Derechos Humanos, órgano adscrito a la Convención Americana de Derechos Humanos, emitió una resolución donde trazas una guía por efectos del covid-19 para que los Estados eviten violaciones de derechos humanos, refuercen la protección de los derecho humanos y sirva de orientación en materia de derecho a los Estados miembros.
La resolución prioriza el fortalecimiento de los derechos humanos en sectores que considera vulnerables y excluidos o en especial riesgo, tales como sector trabajador, mujeres solteras y pobres; tercera edad, privados de libertad, migrantes, menores, grupo GLTB, discapacitados, afrodescendientes, personas que viven en la calle y en extrema pobreza; líderes sociales, periodistas y sector salud.
En la resolución se instruye a los Estados de la región a que deben respetar y garantizar los derechos humanos y destaca que la salud es un bien público que debe ser protegido por todos los Estados y les solicita que se deben tomar medidas que sean adecuadas para proteger los derechos a la vida y la salud e integridad personal de las personas que se encuentren frente al riesgo que representa la presente pandemia.
La Comisión Interamericana insta a los Estado a que las medidas adoptadas deben atender a la mejor evidencia científica, en concordancia con el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), así como con las recomendaciones emitidas por la OMS y la OPS.
Requiere la Comisión IDH que las restricciones de derechos o garantías, deben ajustarse a los principios «pro persona», de proporcionalidad, temporalidad, y deben tener como finalidad legítima el estricto cumplimiento de objetivos de salud pública y protección integral.
Para la Comisión IDH los Estados deben asegurar la provisión oportuna de cantidades suficientes de material de bioseguridad, insumos y suplementos médicos esenciales de uso del personal de salud.
La resolución de la comisión ordena que los Estados faciliten el acceso a la justicia ante posibles violaciones de los derechos humanos en el contexto de la pandemia.
Sugiere la comisión que los organismos internacionales de préstamos a los Estado deben Suspender o aliviar la deuda externa y las sanciones económicas internacionales que pueden amenazar, debilitar o impedir las respuestas de los Estados para proteger los derechos humanos frente a contextos del COVID-19.
Llama a las empresas a desempeñarse con una conducta guiada por los principios y reglas de derechos humanos.
Apunta la Comisión IDH que los Estado no pueden suspender aquellas garantías judiciales indispensables, como el recurso de amparo y hábeas corpus, que son idóneas para garantizar la plenitud del ejercicio de los derechos y libertades, y para controlar las actuaciones de las autoridades en el contexto de los estados de excepción.
Les inquiere esta comisión a los Estados a que deben abstenerse de restringir el trabajo y la circulación de las y los periodistas y personas defensoras de derechos humanos.
Les prohíbe a los Estados establecer censura previa y abstenerse de bloquear sitios de medios de comunicación, plataformas o cuentas particulares en Internet.
Para el sector de la mujer la comisión sugiere potencializar la ayudad a las mujeres expuestas a la pobreza y en su condición de migrante o desplazada, discapacidad, la privación de libertad, el origen étnico-racial, la orientación sexual, identidad y/o expresión de género, entre otras.
Llama la comisión a que los Estados deben fortalecer los servicios de respuesta a la violencia de género, en particular la violencia intrafamiliar y la violencia sexual en el contexto de confinamiento y ofrecerán atención diferenciada a las mujeres profesionales de salud que trabajan en la primera línea de respuesta a la crisis sanitaria del COVID-19.
Esta resolución invita a evitar el empleo de estrategias de detención migratoria y deben estimular el acceso de las personas en situación de movilidad humana a los programas, servicios y políticas de respuesta y atención ante la pandemia del COVID-19. De igual forma, los Estados tendrán que Incluir a las poblaciones en situación de movilidad humana en las políticas y acciones de recuperación económica.
Para el sector de los menores se deberá reforzar su protección, incluyendo muy especialmente aquellos que no cuentan con cuidados familiares y que se encuentran en instituciones de cuidado. En cuanto al derecho a la educación, los Estados deben disponer de mecanismos que permitan a los menores a seguir con el acceso a la educación y con estímulos que su edad y nivel de desarrollo requieran.
la comisión les informas a los Estados que deben garantizar la inclusión de las personas LGBTI, en particular las personas trans que se encuentran en un ciclo de pobreza, exclusión y falta de acceso a la vivienda, en la formulación de políticas de asistencia social durante la pandemia –incluyendo acceso a vivienda y refugio seguros– así como en las eventuales medidas de reactivación económica y deberán adoptar protocolos de atención en salud y sistema de denuncias para las personas LGBTI que tomen en cuenta el prejuicio, la discriminación y la violencia en sus hogares en el contexto de distanciamiento social o cuarentena..
En cuanto a la fuerza policial se debe prevenir los usos excesivos de la fuerza basados en el origen étnico-racial y patrones de perfilamiento racial.
Todo Estado debe implementar medidas de apoyo económico, bonos, subsidios, entre otros, para las personas afrodescendientes y comunidades tribales que se encuentran en situación de pobreza y otras situaciones de especial vulnerabilidad en el contexto de la pandemia.
Finalmente para el sector de personas en condiciones especiales se debe adoptar y garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos humanos en condiciones de igualdad en contextos de medidas de aislamiento o contención y Adoptar estrategias accesibles de comunicación a fin de informar en formatos accesibles sobre evolución, prevención y tratamiento.
En síntesis de esta guía para los estados americanos es que no deben suspender el derecho a la educación, el acceso a la justicia, ir en auxilio de los migrantes, proteger al sector salud, entregar los insumos para el combate al covid-19, promover ayuda económica directa y post a la pandemia a ciertos sectores, proteger a los mayores de edad, menores y mujeres pobres, proteger a los presos y personas LGBTI, entre otros.