SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) considera que el proyecto de ley que propone derogar el numeral 6 del artículo 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, con el propósito de que las competencias para la rectificaciones de actas del Estado Civil sean devueltas al Poder Judicial es acertado y está apegada al derecho.
El vicepresidente de la entidad, Servio Tulio Castaños Guzmán, consideró que la rectificación de actas es una función de carácter jurisdiccional.
“Expuesto lo anterior, consideramos correcto que el legislador tome en cuenta estas preocupaciones y retorne las rectificaciones de las actas del Estado Civil al Poder Judicial, para que vuelvan a ser conocidas por los tribunales de primera instancia que existen en cada una de las provincias del país”, significó. Afirma que esto es lo más saludable desde el punto de vista objetivo de la configuración constitucional de la función del TSE en relación al Poder Judicial.
Dijo que al igual que es lo más conveniente desde el punto de vista subjetivo de los usuarios del servicio, que no requieran acudir a la capital para realizar una gestión judicial.
Asimismo, dijo que al separarle de esas tareas, la configuración constitucional del TSE se resaltaría, lo que es una ganancia en su diseño institucional.
“La atribución al TSE de conocer de las rectificaciones de las actas del estado civil comporta, desde el punto de vista orgánico, una expansión indebida de la jurisdicción electoral en detrimento del Poder Judicial”. Plantea que desde el punto de vista del servicio, al tratarse de una jurisdicción centralizada, se generan afectaciones de acceso a los ciudadanos que requieren las rectificaciones de los actos del estado civil.