LA HAYA. Colombia insistió hoy ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en que el alto tribunal de la ONU no es competente para resolver la disputa limítrofe que le enfrenta a Nicaragua por sus supuestas violaciones de los límites en mar Caribe, y lamentó que Managua se haga la “víctima” en el diferendo.
“No existe disputa antes de llegar aquí a la jurisdicción de la Corte”, declaró a Efe la canciller de Colombia, María Ángela Holguín, sobre la demanda interpuesta por Managua el 26 de noviembre de 2013 por considerar que Bogotá no respeta sus derechos soberanos y su jurisdicción sobre las zonas marítimas nicaragüenses delimitadas por el alto tribunal de la ONU en 2012.
El 19 de noviembre de 2012 la CIJ remodeló la frontera marítima entre ambos países.
Los jueces dejaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, y a Nicaragua le otorgaron una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados y el país centroamericano en más de 90.000.
Holguín definió como “buena” la presentación por parte del equipo jurídico de Bogotá ante la Corte, que defendió que Colombia está “comprometida totalmente con la ley” y que el Gobierno del presidente Juan Manuel Santos “rechaza” las acusaciones del Ejecutivo de Daniel Ortega, al querer hacerse pasar como “víctima”.
El agente de Colombia ante la CIJ, Carlos Gustavo Arrieta, sostuvo que la demanda nicaragüense llegó como una “completa sorpresa” para Bogotá.
Agregó que esa demanda “era muy frustrante para Colombia” dada la entonces “pacífica situación en el mar y las declaraciones repetidas de las partes de su voluntad de tratar de negociar un tratado para implementar la sentencia” de la Corte de 2012.
El jurista y exembajador en Holanda mantuvo la línea defendida por Colombia desde hace años, en virtud de la cual la CIJ “no es competente” para resolver la disputa.
El consejero legal y miembro de la Comisión de Derecho Internacional, Michael Wood, recordó que el país andino denunció el Pacto de Bogotá por el que aceptaba la jurisdicción de la CIJ y que el artículo 56 deja claro que la “Corte no tiene jurisdicción con los procedimientos en relación al caso denunciado por Nicaragua”.
Ese artículo dice que el pacto de Bogotá puede ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos para el denunciante.
Añade que la denuncia no tendrá efecto alguno sobre los procedimientos pendientes iniciados antes de transmitido el aviso.
Arrieta recordó que la denuncia del tratado por parte de Colombia se produjo el 27 de noviembre de 2012 ante la Organización de Estados Americanos (OEA) y tuvo “efecto inmediato con respecto a la iniciación de nuevos procedimientos contra Colombia”.
Nicaragua registró su denuncia un año después, el 26 de noviembre de 2013, un paso que Arrieta calificó de “artificial” por parte de Managua, que, a pesar de dedicarse a “cambiar la naturaleza de este caso” no lo había conseguido, dijo.
El agente dijo también que las acciones de Colombia en el archipiélago desde la sentencia de la CIJ en noviembre 2012 han tenido el objetivo de cumplir su obligación en la zona, “proteger el archipiélago y sus gentes, acorde con el Derecho internacional, a diferencia de Nicaragua.
El profesor de Derecho internacional de la Universidad de Yale, Michael Reisman, destacó “la sorpresa por parte de Colombia ante la acusación de Nicaragua” dadas las numerosas ocasiones en las que el propio Santos había dado su conformidad con las negociaciones entre ambos países y había declarado que “no “había disputa entre ambos”.
El presidente de la Sociedad Latinoamericana de Derecho Internacional, Eduardo Valencia-Ospina, recalcó por su parte que “este caso puede ser resuelto a través de negociaciones”.
El miembro del Instituto de Derecho Internacional, Tullio Treves, añadió por su parte que “Nicaragua no especifica las bases para la jurisdicción de la Corte”, y advirtió de “los peligros” que supondría establecer la jurisdicción de la CIJ en un caso como este.