Santo Domingo. El Banco de Reservas elevó un recurso de revisión de “extrema urgencia” por ante el Tribunal Constitucional, en contra de la sentencia emitida, porque ordenó la entrega de US$20 millones a la sociedad Prado Universal Corp., y su principal accionista Arturo del Tiempo Marqués, quien se encuentra actualmente cumpliendo condena en España por narcotráfico.
Los abogados de la entidad, Fabiola Medina, Cristóbal Rodríguez, Yurosky Mazara y Miguel Núñez solicitan a la alta corte admitir el recurso en contra de la sentencia 118-2015, emitida por la jueza de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Awilda Reyes Beltré.
Asimismo, piden que el procedimiento para conocer la acción de revisión “sea de extrema urgencia por la gravedad y daño permanente que pueden ocasionar las interpretaciones y criterios jurídicos contenidos en la sentencia recurrida”.
Califican la decisión como “arbitraria, manifiestamente contraria a derecho y un desafío al orden constitucional”.
Señalan que el juez de amparo era claramente incompetente para condenar al pago de sumas de dinero derivados de un proceso civil.
Sostienen que a través de la misma hizo un uso desmedido de sus atribuciones como jueza de amparo, al liquidar sumas de dinero en sede de amparo y condenar a título personal a cada uno de los miembros del Consejo de Administradores del Banco de Reservas al pago de un astreinte de RD$ 1 millón por cada día de retardo en su cumplimiento, cuya suma asciende a US$20.8 Millones.
Los abogados de Prado Universal Corp., alegan que Banco de Reservas y la Fiscalía se resisten a ejecutar una decisión dictada previamente por la Primera Sala por la Corte de Apelación del Distrito Nacional. En su recurso el banco explica que esa decisión expresamente rechazó la devolución anticipada de valores pretendida por los abogados de dicha sociedad y sus accionistas, por lo que el crédito reclamado al día de hoy es inexistente.
Sostienen que ese mismo reclamo fue llevado por ante la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, tribunal que ventiló la venta en pública subasta de la Torre Atiemar, el cual rechazó entregar ese presunto excedente entre el precio de adjudicación del inmueble y su valor real de mercado al comprobar que a la fecha no se han verificado las condiciones establecidas en el pliego de condiciones que rigió la venta en pública subasta. Posteriormente, los abogados de Prado Universal Corp. iniciaron otras cinco acciones judiciales con similar objeto y todas fueron desestimadas.
Esas condiciones quedaron pactadas igualmente en un Acuerdo Transaccional suscrito previo al proceso de venta en pública subasta entre la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, el Banco de Reservas de la República Dominicana, la sociedad Prado Universal Corp. y sus accionistas.