El Libre Tránsito, no se elimina ni se suspende, solo se puede Limitar

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EDITORIAL

Recientemente el presidente de la República Dominicana, Luis Abinader Corona, firmó y emitió el decreto presidencial No 740-20, de fecha 30 de diciembre del 2020, que en su artículo 2, establece que se elimina la gracia de libre circulación a partir del día 31 de diciembre por consiguiente, el toque de queda y la restricción de la circulación de ese día iniciará  a partir de las 7:00PM.

Es muy triste que en ese nivel en que se encuentra el presidente Luis Abinader Corona, sus asesores más cercanos  no le expliquen que el  libre tránsito no es una gracia ni un regalo de su gobierno, y que no se puede eliminar ni suspender, solo se puede limitar en la forma que indicada por una  ley especial a tales fines. Deben saber esos jerarcas, que el libre tránsito, es un derecho fundamental constitucional,  previsto y contemplado en el artículo 46 de las constitución dominicana  y que este derecho fundamental goza de las más amplias garantías, que para ser limitado solo el legislador lo puede autorizar de manera solemne y expresa, y solo por cierto tiempo, pues en un gobierno democrático no se puede pretender vivir al margen de la constitución y las leyes y mucho menos firmar todo lo que le lleven sin leer ni asesorarse, ya que eso muestra un país desconocedor del marco legal y que pretende que las gentes vivan del miedo a su poder represivo policial y militar.

En la actualidad existe una guerra campal entre los ciudadanos y la Policía Nacional, pues si el presidente de la República, no sabe la diferencia entre eliminación de derecho de tránsito y limitación del mismo y este es  un economista letrado, que le dejan a la gran cantidad de policía analfabetas, que atento a guapo dan galletas, golpes, maltratan y  abusan de los ciudadanos, aunque estos cometan faltas leves manejables en el hecho, pero los golpes en la mesa del presidente cuando se refiere a un tema policial o militar, reflejan para los policía una autorización de tiros y galletas contra  los ciudadanos indefensos.

Es sabido y no está en dudas,  la gran capacidad de administración que tienen el Director General de la Policía Nacional, el Ministro de Interior y Policía, pero sobre todo su humildad, así como la capacidad y humildad del Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, por lo que es aconsejable la buena lectura antes que los decretos salgan a la luz pública y causen más mal que bien, pues en definitiva si el gobierno se queda sin gente, porque los policías y militares los maten a todos o el Ministerio Público los tranque sin llaves, habría que ver como se mantendrán, ya que sin gente no hay quien pague impuestos y los tenga a ellos como verdaderos burgueses, que criticaban esos abusos  del gobierno pasado  de la corrupción y ahora quieren hacer peor que ellos.   

Respuestaprocesal.com.do, está de acuerdo con todas  las medidas que sirvan para proteger la ciudadanía, pero no con la eliminación de derechos fundamentales, los abusos policiales, militares o agentes de la digesett, no importa que autoridad política lo autorice, incluso con golpes en la mesa, pues bajo el alegato de que ¨ queremos proteger¨, no pueden dar orden de eliminar derechos fundamentales, matar ciudadanos o trancarlos o aumentarle las penas a mansalva, todo basado en el supuesto incumplimiento de los ciudadanos. Pide al gobierno que recapacite, que lea antes de firmar decretos y se dé cuenta, de que 99% de la población cumple las ordenes los toques, así que, al otro 1% que pudiera incumplir, favor de no matarlos, darles galletas o humillarlos al extremo, porque ¨de cualquier yaguita vieja le puede salir tremendo alacrán¨, tanto a los policías, militares, digesett,  como al gobierno, ya que una galleta de un policía, una humillación de un digesett, una orden de tránquenlos, mata más rápido que el Coronavirus y deja más resentimientos personales.