SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló la resolución 02/2017 dictada por la Junta Central Electoral (JCE) el 7 de febrero de 2017 que estableció tomar en cuenta todos los niveles de votación para establecer el orden de la boleta.
El TSE estableció que esa sentencia fue violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, por lo que restableció el criterio de que la votación válida sea la presidencial, no junto a la congresual y la municipal, por lo que fue sacado del tercer lugar el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y restablecido en esa posición el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
El tribunal declaró que el criterio a ser aplicado para la categorización de los partidos políticos será el establecido en el punto número cinco del acta número 31/2016, del 8 de mayo de 2016, adoptada por la anterior membresía de la Junta Central Electoral.
En primer lugar está el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y en segundo el Partido Revolucionario Moderno (PRM).