Segunda sala de la Suprema corte Rechaza conocer audiencia de extradición de manera presencial

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Santo Domingo. Los jueces de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia rechazaron la solicitud del dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Yamil Abreu Navarro, quien solicitó que su audiencia de extradición a los Estados Unidos sea conocida de forma virtual.

Los jueces tomaron la decisión a unanimidad y argumentaron que la solicitud del imputado se presenta desprovista de elementos que sustenten vulneración a los principios que rigen el juicio. Plantearon que el solicitante no ha acreditado alguna deficiencia o impedimento que limiten los principios de oralidad, publicidad, contradicción, inmediación, celeridad y concentración.

Por lo que ordenaron la continuación de la audiencia a través de la virtualidad.

Otras de las razones que dio el tribunal es que tomaron la decisión amparado en las condiciones actuales del estado de emergencia para garantizar la salud de todos los que participan de la audiencia, debido a que cada vez van en aumento los casos de COVID-19 en el país.

Plantearon que para tomar su decisión tomaron en cuenta la resolución 007-2020 sobre la modalidad de audiencias virtuales por el coronavirus y establecieron que su decisión respeta las garantías mínimas del debido proceso y los derechos consagrados en la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos.

“La oralidad se garantiza porque las razones de cada quien serán expresadas de forma oral, lo que no significa que sean improvisadas. La lectura de un acta categorizada a nivel oral y lo que ella dice es escuchada por todos, permitiendo su impugnación inmediata por la parte interesada”, expresa la decisión.

Además precisaron que en el juicio no se busca comprobar la culpabilidad o no del imputado, sino conocer una solicitud de extradición.

Antecedentes

La semana pasada la defensa del exdirector de la Junta Municipal de Las Lagunas, en Azua, solicitó al tribunal que la audiencia se conozca de manera presencial y no virtual, acogiéndose a una resolución de Consejo del Poder Judicial que da la opción a las partes de elegir la modalidad de la audiencia.

El abogado Freddy Castillo indicó que su defendido Abreu Navarro prefiere que su juicio sea presencial, “en la debida forma constitucional que responda a la oralidad, publicidad, inmediación y concentración”, cuyos principios se establecen en las normas jurídicas.

De su lado, la representación de Estados Unidos y la Procuraduría General de la República solicitaron que ese pedimento fuera rechazado, tras considerar que no se le han violado al imputado sus derechos constitucionales ni tampoco se ha violado el debido proceso.

De acuerdo con las autoridades de los Estados Unidos, Abreu Navarro tiene vínculos con el cartel de Sinaloa y desde el país dirigía una red de narcotráfico transnacional radicada en la zona sur, específicamente en Padre las Casas, Azua.

Los datos de Estados Unidos establecen que esta red internacional tiene incidencia en México y Estados Unidos y se dedica al tráfico de heroína y otras sustancias controladas, al lavado de activos, al movimiento y transacciones de dinero de manera ilegal, entre otras actividades del crimen organizado.

En el documento de prensa, el Ministerio Público explica que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia emitió la orden de arresto No.001-022-2020-SRES-00691 contra el inculpado, atendiendo a diversas solicitudes de extradición de los Estados Unidos de América, para que responda ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de New York, por los hechos que se les imputan.