Escándalo en el Poder Judicial es por el Pago de un Derecho

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Inteligencia Penal

La denuncia realizada por la Procuraduría General de la República de que cinco jueces manipulan procesos y negocia la libertad de personas ligadas al crimen organizado, principalmente narcotráfico, lavado de activos y corrupción subyace en el fondo del tema de la prisión preventiva.

La prisión preventiva en el sistema penal dominicano se ha convertido en un grave problema penal. La situación con esta figura procesal penal es tan embarazosa que República Dominicana ocupa los primeros lugares en América y el resto del mundo como una de la ciudad que más presos preventivos tiene en su sistema penitenciario. Diversos estudios han determinado que República Dominicana es el quinto país de América Latina con mayor número de presos preventivos y en el mundo uno de los que más internos sin condena tiene por cada 100 mil habitante.

La denuncia presentada por la procuraduría permite, entre otras cosas colegir que se paga por libertad y que la prisión preventiva se ha convertido en una fuente de ingresos patrimonial para quienes negocian la libertad de un imputado.

Esta supuesta corrupción imputada a algunos jueces penales tiene su raíz básicamente en la no aplicación del pedimento de derecho que hacen los abogados respeto a la libertad de su representado. Como se podrá apreciar la crisis y el escándalo está dada por el pago que se hace por un derecho que les corresponde a quien se le imputa delito. Es decir, se paga por soltar.

La prisión preventiva conforme al ordenamiento jurídico nacional como internacional es la ultima repuesta que el Estado debe otorgar la prisión preventiva como ultima repuesta o cuando se hayan agotado otras medidas menos graves e invasivas al derecho a la libertad. Es decir, la Constitución, Los Tratados Internacionales Relativos a los Derechos Humanos (PIDCP, CADH, DH, ect.), y el código procesal penal establecen que la condición natural del imputado es esperar su juicio en libertad. Del mismo modo los principios de inocencia, de proporcionalidad, igualdad y el carácter excepcional de las medidas de coerción impiden adoptar la prisión preventiva como primera medida coercitiva.

A todo esto se le suma la agravante situación, la cual ya se ha hecho popular y con categoría de principio en nuestro medio jurídico, me refiero a que “por dejar preso no se investiga, ni se cuestiona,” en contra de que si el juez penal suelta (como lo ordena el derecho) inmediatamente lo quieren juzgar disciplinariamente. A su vez es cuestionado por los diferentes sectores y el pueblo llano. Esta situación hace que el juez de lo penal ponga más presos preventivos y aumente esta población penal, con lo cual al final se convierte y se traduce en una gran oportunidad y un excelente escenario para que la libertad se negocie más adelante.

El juez penal por no cumplir con la Constitución y la ley penal, y para complacer a la mayoría del pueblo deja preso preventivamente a quien y según el sistema constitucional debe estar en plena libertad. A esto se le suma el temor y riesgo de que se llamado a “capitulo” por sus inquisidores superiores.

En fin, el problema o escándalo suscitado en nuestro Poder Judicial es que nuestros jueces penales no aplican el derecho depositado en nuestro ordenamiento jurídico y esto permite crear un mercado donde se pague por un derecho: el derecho a la libertad que tiene una persona acusada de un hecho penal. Al tiempo que esto afecta el principio de gratuidad de la justicia, ya que esto eleva los costos y hace encarecer la administración de justicia penal.

El autor es director de la firma de abogados Inteligencia Penal.