¡A las nueve (9:00am) no magistrado, a las nueve (9:00am) No!

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En la República Dominicana, se ha hecho una costumbre que en las audiencias inician a las nueve (9:00am) de la mañana, todas las citas refieren que las personas deberán comparecer a las nueve (9:00am) de la mañana, surge una pregunta ¿Todas las audiencias se conocen a las nueve (9:00am)?, es evidente que no y como no se conocen todas en conjunto, constituye una práctica que debe ser superada, seguir convocando a todas las audiencias a la misma hora.

En la jurisdicción penal, cualquier tribunal fija para un solo día hasta treinta audiencias,  lo mismo que en materia civil y en la jurisdicción inmobiliaria y los abogados deben comparecer desde las nueve (9:00am) de la mañana y estar allí muchas veces hasta la tarde, lo que representa un retraso para los abogados litigantes, para el tribunal y para todas las partes envueltas en los procesos; hay jurisdicciones en la cual,  acudir a una audiencia representa sin duda, perder el día entero, para una audiencia sencilla, como de: archivo, una demanda en referimiento, una resolución de peticiones, una demanda civil, un recurso, entre otras acciones.

Ha llegado el momento de superar esa práctica, estableciendo horas fijas para el conocimiento de las audiencias, o sea, si la audiencia se va a conocer a las 10:00 am, que los abogados sean convocados a las 10:00 am, y si es a la 1:00 pm, que entonces deban comparecer a las 1:00 pm, para evitar que se pierda más tiempo y dinero que el que se está perdiendo.

El consejo del Poder Judicial y la escuela de la judicatura, debe darle entrenamiento a los jueces para enseñarles que las audiencias se pueden poner por bloques, es decir, un día para las objeciones de dictámenes, un día para preliminares, un día para las conciliaciones, un día para los recursos, un día para las demandas, lo que representa más facilidad en el proceso, porque todos los abogados irían a conocer ese tipo de audiencia, pues muchas veces para conocer una audiencia de simple objeción hay que esperar que se conozca una preliminar que se toma la mañana entera.

Del mismo modo deben enseñarle a los jueces, Gestión Administrativa, porque no es posible que los tribunales colegiados, fijen 20 audiencia de fondo para un solo día, cuando van conocer solamente tres audiencias, se pasa el día entero y los abogados perdieron su tiempo luego le informan que deberán volver a otra audiencia,  cuando los tribunales colegiados deben  fijar solo  las audiencias que conocerán y que tengan vocación de fondo, si solo pueden conocer tres audiencia en un día, esas serán fijadas.

En le República Dominicana, los abogados no encuentran que hacer, porque muchas veces en una audiencia simple de un juzgado de paz, se pasan el día entero, perdiendo tiempo y dinero, por la falta de planificación.

Respuestaprocesal.com.do entiende que no vivimos en la época de las cavernas, que llegó el momento de facilitar las cosas, planificar el trabajo, las audiencias, los horarios, para evitar que muchos pierdan el deseo e interés de ser buenos abogados cuando alcanzan la frustración de la descomposición administrativa de algunos tribunales, ya no deben seguir convocando a las nueve (9:00am) de la mañana si la audiencia se conocerá a las 11:00 am.